Arreglo de obligaciones

El Biess apoya a los afiliados y jubilados a mantener su sueño de tener casa propia; por eso ofrece a los usuarios que mantienen un Préstamo Hipotecario, las siguientes opciones para arreglo de obligaciones que les ayudarán a ponerse al día con el pago del préstamo.

Simulador - Arreglo de obligaciones
Si actualmente mantiene un Préstamo Hipotecario y por motivo de caso fortuito o de fuerza mayor, incumple en las cuotas mensuales establecidas o sus ingresos actuales han disminuido, el Biess ofrece la opción de solicitar un refinanciamiento, para una ampliación de plazo y/o disminución de cuota a pagar.

Descripción Refinanciamiento

Convenio o contrato modificatorio de las condiciones principales de aquellos créditos que incumplan sus obligaciones. Aplica para aquellos préstamos hipotecarios al día o con máximo 180 días en mora.

Plazo

El plazo se lo podrá extender hasta 30 años (360 meses), considerando el plazo transcurrido de la operación original. Se validará que el plazo no supere la diferencia entre la edad del deudor al momento de realizar la simulación del refinanciamiento y la esperanza de vida poblacional (EVP) publicada en forma oficial por el Instituto de Estadística y Censos.

Diferimiento de cuotas vencidas

Los clientes con préstamos hipotecarios en mora, podrán solicitar diferir para el nuevo plazo del crédito refinanciado sin causar ningún tipo de interés, las cuotas vencida s de la operación original.

Período de Gracia

El período de gracia aplica únicamente para operaciones en mora, tomando en cuenta que se puede realizar de las siguientes formas:

1.    Periodo de gracia total: 6 y 12 meses de gracia, cancela valores de seguro.*
2.    Periodo de gracia al capital: 3,6,9,12 y 18 meses de gracia, cancelará valores correspondientes a intereses, valores diferidos y seguros.

* Vigente hasta el 31 de diciembre de 2023

Tasa de Interés

El refinanciamiento hereda la misma tasa del crédito original concedido.

Garantía

El crédito refinanciado se ajustará a las mismas condiciones de cobertura de garantía del crédito original y en ningún caso será inferior al 100% del monto financiado. El informe de avalúo del bien inmueble hipotecado al Biess no deberá tener una antigüedad mayor a 5 años, en caso que supere este plazo, se deberá realizar un nuevo avalúo del inmueble.

Capacidad de Pago

Para efectos de aprobación de refinanciamiento / reestructura, el nivel de pago mensual del endeudamiento de los afiliados / jubilados / pensionistas/ cesantes del Biess, incluido los seguros, en ningún caso excederá el 70% de sus ingresos netos.

Gastos

Los gastos y valores generados por el proceso de reconocimiento de firmas por nuevo contrato, e Informe de avalúo (en caso de aplicar) serán cubiertos por el cliente.

BUZONES DE ATENCIÓN CONSULTAS

Para consultas sobre procesos de refinanciamiento pueden contactarse al correo:
•    arreglemos@biess.fin.ec


Si actualmente mantiene un Préstamo Hipotecario y por motivo de caso fortuito o de fuerza mayor, incumple en las cuotas mensuales establecidas o sus ingresos actuales han disminuido, el Biess ofrece la opción de solicitar una reestructura, para una ampliación de plazo y/o disminución de cuota a pagar.

Descripción Reestructura


Convenio o contrato modificatorio de las condiciones principales de aquellos créditos que incumplan sus obligaciones. Aplica para aquellos préstamos hipotecarios con mora superior a 180 días, que no se encuentre en coactiva o que la operación esté castigada.

Plazo.

El plazo se lo podrá extender hasta 30 años (360 meses), considerando el plazo transcurrido de la operación original. Se validará que el plazo no supere la diferencia entre la edad del deudor al momento de realizar la simulación de la reestructura y la esperanza de vida poblacional (EVP) publicada en forma oficial por el Instituto de Estadística y Censos.

Diferimiento de cuotas vencidas

Los clientes con préstamos hipotecarios en mora , podrán solicitar diferir para el nuevo plazo del crédito reestructurado, sin causar ningún tipo de interés, las cuotas vencida s de la operación original.


Período de Gracia


El período de gracia aplica únicamente para operaciones en mora, tomando en cuenta que se puede realizar de las siguientes formas:

1.    Periodo de gracia total: 6 y 12 meses de gracia, cancela valores de seguro.
2.    Periodo de gracia al capital: 3,6,9,12 y 18 meses de gracia, cancelará valores correspondientes a intereses, valores diferidos y seguros.

* Vigente hasta el 31 de diciembre de 2023


Tasa de Interés


La reestructuración hereda la misma tasa del crédito original concedido.

Garantía


El crédito reestructurado se ajustará a las mismas condiciones de cobertura de garantía del crédito original y en ningún caso será inferior al 100% del monto financiado. El informe de avalúo del bien inmueble hipotecado al Biess no deberá tener una antigüedad mayor a 5 años. En caso que supere este plazo, se deberá realizar un nuevo avalúo del inmueble.

Capacidad de Pago


Para efectos de aprobación de la reestructura, el nivel de pago mensual del endeudamiento de los afiliados /jubilados /pensionistas / cesantes del Biess, incluido los seguros, en ningún caso excederá el 70% de sus ingresos netos.

Gastos


Los gastos y valores generados por el proceso de reconocimiento de firmas por nuevo contrato, e Informe de avalúo (en caso de aplicar) serán cubiertos por el cliente.

Buzón de atención y consultas

Para consultas sobre procesos de reestructura pueden contactarse al correo:

•    arreglemos@biess.fin.ec

La Novación consiste en el acuerdo, convenio o contrato mediante el cual a pedido del sujeto de crédito se modifican las condiciones iniciales de un crédito, extinguiéndose la obligación original y naciendo una nueva, entera y totalmente distinta a la anterior. El asegurado deberá estar al día en sus pagos, es decir no deberá presentar mora tanto en sus cuotas, como en el saldo capital e intereses de la deuda.

Se puede aplicar para:

•    Disolución de sociedad Conyugal
Aplica para préstamos hipotecarios solidarios al día que, a causa de un divorcio o separación, se encuentran gestionando la liquidación de la sociedad conyugal o de hecho, mediante la cual, una de las partes renuncia al 50% de los gananciales del bien inmueble. 

La persona que consolide el 100% de los gananciales deberá aplicar a una Novación para que asuma el pago del préstamo hipotecario de forma individual. Una vez realizada la Novación, el Biess emitirá la carta de no oposición a la inscripción de la sociedad conyugal o de hecho en el Registro de la Propiedad del cantón correspondiente.

•    Aumento de cuota y disminución de plazo
Aplica para préstamos hipotecarios al día que, debido al incremento de los ingresos mensuales durante el último año, el cliente desea reducir el plazo para aumentar la cuota con el objetivo de terminar de pagar en menos tiempo el crédito.

•    Aumento de plazo y disminución de cuota
Aplica para préstamos hipotecarios al día que, debido a una disminución de los ingresos mensuales durante el último año, el cliente desea ampliar el plazo para reducir la cuota y evitar caer en mora.


Capacidad de Pago

Para efectos de aprobación de Novación, el nivel de pago mensual del endeudamiento de los sujeto(s) de crédito, incluido los seguros, en ningún caso excederá el cuarenta por ciento (40%) de sus ingresos netos.

Para el caso de sujeto(s) de crédito que incluyen en su capacidad de pago otras fuentes de ingreso declarados al SRI, adicional a la condición descrita anteriormente se evaluará que la cuota calculada no exceda del 70% del último salario, pensión o remuneración reportado al IESS.

Plazo

Para Novación por liquidación de la sociedad conyugal y ampliación de plazo para reducir la cuota, el plazo se lo podrá extender hasta 30 años (360 meses), considerando el plazo transcurrido de la operación original.

En cambio, para Novación para disminución del plazo y aumento de cuota, se deberá reducir al menos 12 meses el plazo de la operación original.

En todos los casos, se validará que el nuevo plazo no supere la diferencia entre la edad del deudor al momento de realizar la simulación d e l a reestructura y la esperanza de vida poblacional (EVP) publicada en forma oficial por el Instituto de Estadística y Censos.

Garantía

El crédito novado se sujetará a las mismas condiciones de cobertura de garantía del crédito original y en ningún caso la garantía será inferior al cien por ciento (100%) del monto financiado. El informe de avalúo del bien inmueble hipotecado al Biess no deberá tener una antigüedad mayor a 5 años, en caso que supere este plazo, se deberá realizar un nuevo avalúo al inmueble.

Gastos

Los gastos y valores generados por el proceso de reconocimiento de firmas por nuevo contrato, e Informe de avalúo (en caso de aplicar) serán cubiertos por el cliente.

Buzón de atención a consultas

Para consultas sobre procesos de Novación, pueden contactarse al correo:

•    arreglemos@biess.fin.ec