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Normativa Legal:
El Biess informa a los afiliados y jubilados que la Superintendencia de Bancos a través de su normativa vigente dispone:
Libro I.- Normas de Control para las Entidades de los Sectores Financieros Público y Privado, Título XIII.- De los Usuarios Financieros, Capítulo III.- De la Protección y Defensa de los Derechos del Consumidor Financiero de las Entidades Públicas y Privadas del Sistema Financiero Nacional y de los Beneficiarios del Sistema de Seguridad Social, Sección IV.- De la Protección y Defensa de los Derechos de los Consumidores Financieros y/o Beneficiarios de las Entidades Controladas, Artículo 19, lo siguiente:
“Artículo 19.- Área de atención de consultas, quejas y reclamos. - Las entidades controladas dispondrán en cada agencia que brinde atención al público, de un área interna debidamente identificada de atención de consultas, quejas y reclamos, encargada de atender y resolver los requerimientos que presenten los consumidores financieros y/o beneficiarios, y que se deriven de sus relaciones contractuales y/o comerciales.
(…) Las consultas, quejas y reclamos podrán ser presentadas de forma personal como por vía telefónica, correo electrónico, página web u otro método similar que la entidad habilite para el efecto, a través de mecanismos seguros, ágiles y confiables que cumplan con parámetros de riesgo operativo.”