Afiliados con capacidades especiales deben ejercer sus derechos a exoneraciones en el proceso de Crédito Hipotecario
agosto 28, 2013
El artículo 77 de la Ley Orgánica de Discapacidades, vigente desde el 25 de septiembre de 2012, señala la exención de tasas y/o tarifas notariales, consultares y de registro civil, identificación y cedulación; por ello, los afiliados con capacidades especiales, que sean titulares de la solicitud de crédito hipotecario en el Banco del IESS, BIESS, deben presentar su carné actualizado, emitido por el CONADIS o el Ministerio de Salud, para dar cumplimiento a sus derechos.
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