Estudios Jurídicos

CONVOCATORIA

Se convoca a profesionales del derecho, personas naturales, jurídicas o empresas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas, consorcios o compromisos de asociación, que se encuentren ejerciendo la profesión en
materia Civil, Notarial y Registral, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus propuestas para el proceso abreviado de “SELECCIÓN DE PROFESIONALES DEL DERECHO, PERSONAS NATURALES Y/O
JURÍDICAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS REFERENTES A LA INSTRUMENTACIÓN LEGAL DE LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS QUE CONCEDE EL BANCO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL – BIESS EN LAS PROVINCIAS DE PICHINCHA, PASTAZA, ORELLANA Y SUCUMBÍOS”.

Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:

  1. Las condiciones del proceso se encuentran disponible, sin ningún costo, en la página Web del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; los postulantes que resulten ganadores del concurso serán notificados y convocados para la respectiva suscripción del contrato para la prestación de servicios requeridos por el Banco.
  2. La propuesta se presentará de forma física en sobre sellado adecuadamente membretado: “SELECCIÓN DE PROFESIONALES DEL DERECHO, PERSONAS NATURALES Y/O JURÍDICAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS REFERENTES A LA INSTRUMENTACIÓN LEGAL DE LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS QUE CONCEDE EL BANCO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL – BIESS EN LAS PROVINCIAS DE PICHINCHA, PASTAZA, ORELLANA Y SUCUMBÍOS”.”, el mismo que será entregado a través de la ventanilla única del Biess de acuerdo al cronograma dispuesto.
  3. Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, los postulantes interesados deberán encontrarse habilitados en la actividad económica acorde a la naturaleza del objeto de contratación en el Registro Único de Contribuyentes.
  4. La propuesta debe presentarse por la localidad de Pichincha, Pastaza, Orellana y Sucumbíos y completar la documentación requerida para el proceso de evaluación del Comité de selección designado.
  5. Los honorarios profesionales definidos para los postulantes ganadores se han determinado por el BIESS, una vez que ha sido realizado el estudio de mercado correspondiente y serán la única compensación que el Biess otorgará por sus servicios.
  6. El Banco evaluará los conocimientos, experiencia, capacidad técnica instalada y demás requerimientos dispuestos en el proceso.
  7. El proceso de selección se regirá de acuerdo con las disposiciones emanadas en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley del BIESS, Código Orgánico Administrativo (COA) y normativa interna aplicable.
  8. El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, se reserva el Derecho de cancelar o declarar desierto el proceso de selección, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna. 

Dado a 22 de octubre del año 2026